Nociones de Derecho
Unidad IV
Temática Introducción Autoevaluacion Sitios Web Actividades

INTRODUCCIÓN

En esta unidad conocerás que la persona como ente capaz de tener derechos y obligaciones, facultades y deberes existe en la realidad jurídica bajo dos modalidades la persona física y la persona moral. La primera es el ser humano en la individualidad mientras que la segunda resulta ser una ficción jurídica, es decir, la conjunción de una colectividad que crea a un ser distinto de quienes la componen, un ejemplo de ello son la nación, los estados y los municipios, las sociedades y las asociaciones.

En el Derecho Positivo Mexicano, la personalidad es la habilidad para ser ente de derechos y obligaciones, por lo que deberás conocer las características de cada tipo de persona para reconocer cuáles son sus atributos de la personalidad siendo en la persona física: el nombre, domicilio, capacidad, nacionalidad, estado civil y patrimonio; mientras que en la persona moral son: la denominación o razón social, domicilio legal, nacionalidad, capacidad jurídica y patrimonio social.

Además para que puedas reconocer el momento en que comienza y termina la personalidad en cada una de ellas. Existiendo discrepancia entre los autores que determinan que la personalidad en la persona física puede comenzar al momento de nacer otros opinan que es desde el momento de la concepción aunque todos coinciden que finaliza con su defunción.

Mientras que en la persona moral su vida legal comienza hasta que se cumplen varios requisitos y con una serie de trámites que se deben realizar ante diversas autoridades administrativas como son que su Acta Constitutiva (contrato social que da creación a dicho ente jurídico) deba estar en escritura pública ante notario público y debidamente inscrito junto con el Estatuto Social en el Registro Público del Comercio, dependiendo del giro al que se dedica conseguir los distintos permisos de explotación de recursos, ideas, materiales, etc., que la Secretaría de Relaciones Exteriores verifique la participación legal de extranjeros en la empresa, que la Secretaría de Gobernación esté al pendiente que no exista violación a las leyes internas del Estado Mexicano, entre otras.

Siendo necesario señalar que cuando una empresa cae en bancarrota o no es posible continuar con su labor es necesario liquidarla, pagando las deudas a sus acreedores y repartiendo los bienes que quedan entre los socios. Dándose la muerte legal de la compañía cuando es cancelado su nombre en el registro antes señalado.